A partir del viernes 17 de abril se podrán solicitar las ayudas establecidas en el Decreto-Ley 9/2020, de 15 de abril.
Esta medida extraordinaria consiste en la aprobación de una línea de subvenciones por 50.000.000 €, y tiene por objeto ofrecer una ayuda para paliar los efectos del impacto económico negativo de esta crisis sanitaria en su actividad. La ayuda tiene un carácter de pago a tanto alzado de 300 euros, que se concederá en régimen de concurrencia no competitiva, y que podrá solicitarse hasta 15 días después de la finalización del estado de alarma.
Para acceder a la misma el interesado deberá estar dado de alta en el RETA o en la mutualidad alternativa correspondiente (HNA) y cumplir con los demás requisitos establecidos en la convocatoria.
Además, el interesado ha de dedicarse a algunas de las 99 actividades económicas subvencionables de las establecidas en el anexo I del Decreto-Ley, entre las que se encuentran los servicios técnicos de Arquitectura e Ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
Solicitudes:
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática mediante la cumplimentación y firma electrónica del modelo, que estará disponible en la oficina virtual de la Consejería de empleo a través de la web
Para la descarga del Documento es necesaria la identificación del usuario.