El Ministerio de Vivienda publica una guía para ayudar a las Administraciones a agilizar la tramitación de licencias garantizando el control legal y técnico

  • El documento, en cuya elaboración ha colaborado el CSCAE, incluye 20 recomendaciones y casos de buenas prácticas para reducir plazos y mejorar la transparencia
  • Se hace hincapié en que la agilización de la tramitación “no pasa por la eliminación del control administrativo, sino por su racionalización, modernización y establecimiento de una colaboración institucionalizada”
  • La Guía de recomendaciones y buenas prácticas en materia de licencias urbanísticas en el ámbito residencial destaca la competencia de los Colegios de Arquitectos en el control técnico de los proyectos y la posibilidad de plantear fórmulas de colaboración a través de convenios, encomiendas de gestión o procedimientos para la emisión previa de informes de idoneidad técnica

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha publicado la Guía de recomendaciones y buenas prácticas en materia de licencias urbanísticas en el ámbito residencial. El objetivo de este documento, en cuya elaboración ha colaborado el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), a través de su Grupo de Trabajo de Agilización de Licencias y su Asesoría Jurídica, es ayudar a las Administraciones Públicas a simplificar y agilizar la tramitación de licencias. Para ello, la publicación identifica aspectos críticos y, a partir de ahí, ofrece orientaciones y 15 ejemplos de buenas experiencias -de los que 11 son aportaciones del CSCAE- destinadas a reducir plazos sin menoscabo del control legal y técnico, mejorando, a su vez, la transparencia y reforzando la colaboración interadministrativa. En concreto, la guía Incorpora, de manera íntegra, los siguientes aspectos esenciales contenidos en el documento de aportaciones elaborado por el CSCAE:

  • Licencia. Se reconoce como el régimen de autorización que rige para todas las obras que requieran proyecto para su ejecución, conforme a la LOE (esto es, obras de nueva construcción, intervenciones sobre los edificios existentes, siempre y cuando alteren su configuración arquitectónica, y las que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección ambiental o histórico-artística).
  • Unidad del proyecto edificatorio. Se considera como una garantía de la integridad formal y un factor determinante de agilización y seguridad jurídica. Por ello, se indica que resulta esencial que, además de estar redactado por un técnico competente, esté completo e íntegro.
  • Contenido de los informes técnicos municipales. Se señala que debería incluir la comprobación de los siguientes extremos:

    • El proyecto es único y que contiene toda la documentación requerida, que ha de ser la recogida en el anejo I de la parte I del CTE.
    • Que se trata de un proyecto básico y si, en su caso, cuenta con el visado colegial. Si el proyecto está visado, se puede entender verificada la competencia del técnico redactor del proyecto y la corrección e integridad formal de la documentación técnica.
    • La conformidad del proyecto con la normativa urbanística aplicable.
    • Los aspectos de accesibilidad y seguridad en caso de incendio. 

Con estas aportaciones incorporadas, la publicación hace hincapié en que “la agilización de la tramitación de licencias no pasa por la eliminación del control administrativo, sino por su racionalización, modernización y establecimiento de una colaboración institucionalizada” y se califica de “clave” la reforma normativa, la simplificación documental, la optimización procedimental mediante la digitalización y la colaboración interinstitucional. 

Recomendaciones normativas, organizativas y tecnológicas

La guía realiza una serie de recomendaciones normativas, organizativas y tecnológicas entre las que figuran la digitalización de expedientes, la colaboración entre administraciones y la estandarización de criterios en etapas clave como la identificación de la modalidad del trámite de licencia o autorización, la presentación de solicitudes, la gestión y tramitación administrativa, el control de legalidad, los compromisos de calidad y la implicación de agentes y profesionales en los procedimientos.

En este sentido, se destaca la competencia de los Colegios de Arquitectos en el control técnico de los proyectos, de sobra constatada en los servicios de visado, y se plantea la posibilidad de establecer fórmulas de colaboración para la prestación de asistencia técnica, a través de convenios, encomiendas de gestión o en el marco de los procedimientos para la emisión previa de informes de idoneidad técnica o similares, destinados al control de la integridad formal y la documentación técnica de los proyectos.

Asimismo, la guía incluye un trabajo específico de análisis de 30 municipios españoles situados en distintas localizaciones, recogiendo las referencias principales del marco normativo; la delimitación del régimen de licencia, declaración responsable y comunicación previa; así como algunos contenidos relacionados con la presentación de licencias, incorporando determinados enlaces de información y trámites.

Además del CSCAE, en la elaboración de la guía se han considerado aportaciones y trabajos desarrollados por parte de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), así como de las diferentes comunidades autónomas y entidades locales, constituyendo una iniciativa abierta a nuevas aportaciones para avanzar en esta línea de trabajo.

Descarga la guía aquí: https://publicaciones.transportes.gob.es/downloadcustom/sample/4009 

Más información en: https://www.mivau.gob.es/GuiaLicencias

12/1/2026
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