El Ministerio de Hacienda aplaza a octubre de 2028 las obligaciones pendientes de la aplicación del Real Decreto 1007/2023, que regula los requisitos de los sistemas informáticos de facturación, con el objetivo de hacerlas coincidir con la entrada en vigor de la factura electrónica para todos los obligados tributarios.
Así lo ha anunciado en una nota informativa en la que justifica la medida para “favorecer la máxima convergencia posible entre los sistemas de facturación electrónica y el Reglamento de sistemas informáticos de facturación (VERI*FACTU), tanto desde el punto de vista normativo como técnico”.
Este nuevo horizonte de octubre de 2028 responde a la publicación, el pasado día 5, de la Orden HAC/1028/2026, que regula la solución pública de facturación electrónica. Con su entrada en vigor, el día 6, comienza el cómputo de los plazos previstos en la normativa para la aplicación de las obligaciones de facturación electrónica. Esto es, 12 meses para autónomos y empresas que hayan superado los 8 millones de euros de volumen de operaciones en el año anterior y 24 meses para el resto. O sea, octubre de 2028.
Hacienda también informa de que, una vez aprobada la convergencia de los calendarios de implantación, se abordará una modificación centrada en alinear los ámbitos de aplicación y ciertos aspectos técnicos de la normativa vigente teniendo en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de ViDA. En todo caso, señala que las exigencias establecidas en el Real Decreto 1007/2023 en materia de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, así como las restantes garantías técnicas del sistema, se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes a los previstos en su desarrollo normativo actual.