La Asamblea, en el marco de estos Estatutos es el órgano máximo de expresión de la voluntad de los Colegios de Arquitectos de Andalucía.
Tendrán la condición de miembros de la Asamblea:
a) Los miembros del Pleno de Consejeros.
b) Los Secretarios y Tesoreros de cada uno de los Colegios.
c) 40 representantes de los Colegios.
Los representantes de los Colegios se distribuirán en proporción directa al número de colegiados residentes en cada provincia, según el censo a 31 de diciembre del año anterior al que corresponda la elección de representantes de cada Colegio.