Corresponde a la Comisión de Deontología y Recursos del Consejo conocer, en vía de recurso, las resoluciones de las Comisiones de Deontología de los Colegios.
Compete, asimismo, a la Comisión tramitar los recursos que se interpongan ante el Consejo contra los acuerdos de los órganos del mismo, excluida la Asamblea, formulando al Pleno de Consejeros las correspondientes propuestas de resolución.
La Comisión, que podrá estructurarse en Secciones y asesorarse por letrado, estará integrada por ocho miembros, titulares y sus suplentes, uno por cada provincia. En todo caso, deberán contar como mínimo con diez años de colegiación en Andalucía. Sus mandatos se renovarán coincidiendo con las elecciones colegiales.
La Comisión elegirá de entre sus miembros a un Presidente y un Secretario, y recabará del Presidente y del Secretario del Consejo los auxilios que precise para el desempeño de su función.