Convenio de colaboración entre Instituto de la Construcción de Castilla y León (ICCL) y Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos (CACOA)

REUNIDOS

De una parte, Dña. Begoña Odriozola González, con DNI número 24404538C, en representación del Instituto de la Construcción de Castilla y León (ICCL) en su calidad de Directora Gerente; con CIF G09287012 y domicilio social en Burgos, calle Villadiego s/n – Campus Milanera.

De otra parte, Dña. Isabel Suraña Fernández, con DNI 52926461B, en nombre y representación  del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos (en adelante, CACOA), con CIF  Q4100669C y domicilio social en Sevilla, calle Imagen, nº 4, 3ª planta, en su calidad de Presidenta, cuya condición y facultades declara vigentes.

Afirmando tener la capacidad para celebrar el presente Convenio, libre y espontáneamente,

EXPONEN

Que el Instituto de la Construcción de Castilla y León (ICCL), es una Fundación privada de carácter científico-cultural sin ánimo de lucro que inició su actividad en el año 1994 y que quiere incidir en  todos los aspectos técnicos que intervienen en el proceso de construcción de una obra, ya sea  Civil, de Edificación, o de Rehabilitación.
Que el ICCL realiza acciones y proyectos relacionados con la implantación de sistemas de gestión  de calidad en estudios de arquitectura, con el desarrollo de herramientas que ayuden al trabajo  diario y cumplimiento normativo, formación “on line” para profesionales de la construcción y  gestión y organización de cursos, jornadas técnicas, congresos, exposiciones y publicaciones de  carácter técnico especificas del sector.
Que el CACOA es la organización profesional que agrupa a todos los Colegios Oficiales de  Arquitectos comprendidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, constituida  como una corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.

El CACOA tiene por objeto esencial la mejor realización de la Arquitectura y el Urbanismo,  entendidas como funciones sociales de interés público, y la defensa de la actividad profesional del Arquitecto al servicio de la sociedad.

MANIFIESTAN

Que ambas organizaciones resaltan la necesidad y la importancia de colaborar, incentivar la  formación de los estudios de arquitectura, de promoción de la calidad y expresan su confianza  mutua en llevar a cabo las mismas con criterios de rigor y exigencia de modo que lleguen al mayor  número posible de arquitectos de Andalucía y de los Colegios que agrupa el Consejo.

Primero.- Objeto del Convenio

El objeto de este Convenio es el establecimiento de las premisas básicas que regirán la colaboración entre CACOA y el ICCL, para el desarrollo conjunto de distintas iniciativas orientadas  al impulso de la formación, calidad y la eficiencia, así como el uso de las nuevas tecnologías que  nos ayuden a cumplir al cumplimiento normativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo.-. Acciones que deben realizarse por las partes

El ICCL en cumplimiento de este convenio se compromete a:
o Poner a disposición los colegiados de los distintos Colegios de Arquitectos de Andalucía  que componen el CACOA de forma directa a través del Consejo de aquellos productos o servicios que ofrece el ICCL.
o En los cursos de formación “on line” ofrecer las mismas condiciones que tienen los colegiados de Castilla y León a través de sus Colegios de Arquitectos COAL y COACYLE, patronos del ICCL.
o Con respecto al “Libro del Edifico Existente”, el acuerdo firmado entre el CSCAE y el ICCL permite negociar con cada Colegio o Consejo Autonómico las condiciones de acceso. En este caso, se ofrece a los colegiados andaluces, la entrada al Libro del Edifico tanto de Obra Nueva como Existente a través de la web del CACOA directamente y con las mismas condiciones que tienen en este momento el propio CSCAE (Anejo 1).
o Ofrecer en condiciones ventajosas la Certificación de Colegios de Arquitectos y el propio Consejo de los sistemas de Gestión de la Calidad en la Certificación de sus Colegios.
o Ofrecer a los colegiados de los Colegios que componen el CACOA condiciones ventajosasen los Talleres Formativos de conocimientos de normativa de la Gestión de la Calidad.
o Mejores condiciones en la Certificación de Gestión de la Calidad (las ISO-9000, 14000,
EFITECNIC, etc. a los distintos estudios de arquitectura de Andalucía.

El CACOA en cumplimiento de este convenio se compromete a:
o La inclusión en su web de banners que vayan enlazados a los diferentes servicios del ICCL  que se ofrecen tanto a nivel general como en el presente convenio.
o Circular entre sus Colegios y/o colegiados las propuestas de cursos con condiciones  especiales que se envían a nuestros Colegios y con las características de los mismos.
o Favorecer la presencia del ICCL en modalidad telemática en cuantos actos y jornadas estén relacionadas con los temas objeto del Convenio y en la que considere que es positiva su aportación.
o Ofrecer los cauces y contactos a su disposición para la organización de cursos, jornadas técnicas o cualquier otra iniciativa que se impulse conjuntamente.
o Promover la organización de “Certificaciones en grupo” lideradas por el CACOA o los Colegios de Arquitectos pertenecientes al Consejo para impulsar la implantación de los sistemas de gestión de calidad en los estudios de arquitectura.
o Proponer al ICCL nuevas acciones o publicaciones que podrían acometerse y que sean de interés al sector de la arquitectura.
o Impulsar la difusión y promoción de las distintas iniciativas desarrolladas en este Convenio a través de los canales de difusión que están a su alcance, tanto propias como externas

Tercero.- Comisión de Seguimiento

Con el fin de seguir la aplicación del Convenio se nombrará por parte de cada entidad un representante que será el interlocutor válido, tanto para los aspectos técnicos como los económicos. Estos deberán reunirse al menos una vez al año, y siempre que las circunstancias lo aconsejen.

Cuarto.- Deber de Confidencialidad

Ambas partes se comprometen a la total confidencialidad respecto a cualquier información que se hubiese obtenido en el desarrollo de las acciones de este Convenio, relativo a las entidades que los suscriben o a cualquier empresa participante en el proceso.

Quinto.- Protección de Datos

Las Partes acuerdan que la información personal que se maneje en virtud del presente convenio será tratada con la máxima confidencialidad y conforme a la normativa de protección de datos  vigente.
Los datos personales recogidos se utilizarán exclusivamente para la ejecución de las obligaciones  aquí estipuladas y no serán comunicados a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la  parte afectada.
El responsable del tratamiento conservará los datos personales durante la vigencia de la relación  contractual y hasta que se cumplan los plazos legales de prescripción o se solicite su supresión  por el interesado.

Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad  dirigiéndose a [dirección postal o electrónica]. En caso de conflicto, la parte afectada tiene derecho  a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos

Sexto.- Vigencia del Convenio

El presente Convenio surtirá efectos desde el día de su firma y tendrá una vigencia de 3 años. Se  renovará tácitamente por un periodo adicional de un año si ninguna de las partes denuncia el  Convenio con una antelación mínima de un mes a su fecha de expiración.

Séptimo.- Régimen Jurídico

El presente Convenio se regirá conforme al ordenamiento jurídico español. Las partes someten la resolución de cualquier controversia que pudiera surgir del presente Convenio a los Juzgados y  Tribunales de la ciudad de Burgos.

Dª. BEGOÑA ODRIOZOLA GONZÁLEZ
Directora Gerente ICCL

Dª. ISABEL SURAÑA FERNÁNDEZ
Presidenta CACO