1 de octubre de 2024
Excma. Sr. Consejero de la Presidencia, interior, Diálogo social y Simplificación administrativa, D. Antonio Sanz Cabello.
Ilma. Sra. Presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos, Dª Noemí Sanchís Morales.
Constituye el objeto del presente convenio acordar la realización de actuaciones conjuntas entre la Administración Autonómica y el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Arquitectos para garantizar una respuesta adecuada de la estructura colegial de los arquitectos con relación a las edificaciones de su competencia profesional, para las contingencias de catástrofes naturales o emergencias que requieran de una respuesta inmediata y coordinada. Asimismo, es objeto de este convenio la creación e implantación de grupos provinciales de arquitectos expertos en evaluación de daños en edificaciones y la formación en emergencias del personal colegiado.
Cuatro años salvo acuerdo de prórroga.
Ambas partes, en el ámbito de sus respectivas competencias, se comprometen a realizar actuaciones de planificación y desarrollo dirigidas a:
a) Estudiar los métodos para estimar la vulnerabilidad de las construcciones cuya destrucción pueda ocasionar víctimas, interrumpir un servicio imprescindible o aumentar los daños por efectos catastróficos asociados. Se trata de que simplemente por la situación geométrica de los edificios dañados y la naturaleza de los daños estructurales (fisuración, daños en elementos estructurales y de cerramiento y situación de los elementos decorativos de fachada) se pueda evaluar la seguridad para la intervención y una vez dentro, en su caso, un segundo protocolo técnico de análisis visual a partir de la observación directa para la seguridad de la intervención.
b) Desarrollar protocolos de análisis de mayor definición, con criterios homogéneos, para que el análisis de los edificios dañados pueda ser más preciso, siendo al menos lo mismo de rápido.
c) Mejorar la concienciación de la sociedad sobre los riesgos sísmicos, tanto para las personas, como para el patrimonio, definiendo normas básicas de actuación y comportamiento de los usuarios durante y después del terremoto e impulsando medidas de prevención ante las administraciones locales, propiciando la mejora de la accesibilidad para la evacuación de los cascos históricos y de las áreas urbanas y diseminadas.
d) Proponer medidas de actuación, tanto en el ámbito normativo, como en las intervenciones, tanto en las edificaciones existentes como en las que se proyecten.
e) Elaborar e implementar una señalética común y uniforme en el ámbito autonómico, dirigida a identificar el estado de peligrosidad de las edificaciones que hayan resultado afectadas por la situación de emergencia acaecida.
De este modo, tras la evaluación correspondiente que efectúen los profesionales arquitectos colegiados, estos podrán señalar en la entrada principal de la construcción o en un lugar donde sea claramente visible para los viandantes y propietarios, el nivel de peligrosidad en que se encuentra dicho inmueble mediante la señal que le corresponda.
f) Mejorar la capacitación del personal profesional en conocimientos técnicos, para el reconocimiento de edificaciones dañadas y atención e información a los damnificados presentes, para que puedan colaborar más eficientemente con Protección Civil, Bomberos y Fuerzas de Seguridad.
g) Crear equipos provinciales de arquitectos de intervención rápida para poder actuar en los casos en que sea necesario bajo la dirección de la Administración Autonómica.
h) Articular procedimientos para facilitar la integración de los equipos provinciales de arquitectos de intervención rápida, en los planes y protocolos de emergencia de protección civil, así como promover la organización y el desarrollo de los ejercicios de simulacros que sean necesarios para mantener la eficacia de los distintos grupos de expertos en evaluación de daños en las edificaciones.
i) Establecer un programa de cursos de formación continua y general tanto para mejorar las técnicas de actuación, como para reciclaje de conocimientos, de tal forma que, a ser posible, nadie pueda participar en este tipo de emergencias sin la adecuada formación.
j) Promover planes de fomento para la rehabilitación y mantenimiento de las fachadas de las edificaciones antiguas en las ciudades andaluzas con mayor riesgo sísmico, para lo cual el CACOA muestra su disposición para colaborar con las administraciones y entidades competentes en el diseño de posibles programas de subvención, en su caso, y su adecuada implementación con la normativa urbanística relativa al deber de conservación de las edificaciones por parte de sus propietarios. Para ello y al margen de este convenio, se firmarían los correspondientes Convenios con los Ayuntamientos afectados para poder llevar a cabo esa adecuada colaboración que permita identificar el incumplimiento del deber de edificación y que sea compatible su persecución con el fomento de la rehabilitación y la conservación.
k) Promover actuaciones conjuntas y con la Consejería competente, dirigidas a agilizar la tramitación de los expedientes de rehabilitación de inmuebles pertenecientes al Patrimonio Histórico Andaluz, ubicados en zonas susceptibles de resultar afectadas por seísmos y otros riesgos, para su efectiva protección.